Depósito de cuentas Registro Mercantil

¿Qué es el Depósito de cuentas?

Según la legislación mercantil las Sociedades o empresas están obligadas a depositar sus cuentas anualmente en el Registro, con el objeto de que cualquier persona ajena a la gestión de la empresa (como accionistas, trabajadores, acreedores o la Administración) conozcan la situación real de la sociedad.

El documento contiene:

  • Balance (Activo y Pasivo)
  • Cuenta anual de Resultados (Ingresos, gastos y resultados del año contable
  • Memoria de cuentas anuales.

Le enviaremos el documento oficial emitido por el Registro Mercantil en formato PDF, a la dirección de correo electrónico  que nos indique en el formulario.

Lo podrá imprimir y presentar ante cualquier organismo o administración, ya que es totalmente válido.

Datos necesarios

Debe indicarnos los siguientes datos:

  • Nombre o CIF o NIF
  • Año del depósito de cuentas

¿Quién puede solicitar el depósito de cuentas?

La información que consta el en Registro Mercantil es pública y por tanto, siempre que se alegue un interés legítimo la puede solicitar cualquier persona.

Precio 25€ IVA Incluido

Obligación de la presentación de cuentas

Los administradores de las sociedades deberán presentar, dentro del mes siguiente a la aprobación de las cuentas anuales, para su depósito en el Registro Mercantil del domicilio social, certificación de los acuerdos de la junta de socios de aprobación de dichas cuentas, debidamente firmadas, y de aplicación del resultado, así como, en su caso, de las cuentas consolidadas, a la que se adjuntará un ejemplar de cada una de ellas. Los administradores presentarán también, el informe de gestión, si fuera obligatorio, y el informe del auditor, cuando la sociedad esté obligada a auditoría por una disposición legal o ésta se hubiera acordado a petición de la minoría o de forma voluntaria y se hubiese inscrito el nombramiento de auditor en el Registro Mercantil.

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