Complemento por brecha de género en España: qué es, requisitos y cómo solicitarlo (2026)
El complemento por brecha de género es una ayuda económica que se añade a determinadas pensiones contributivas en España para compensar la diferencia en la cuantía de las pensiones derivada de interrupciones o perjuicios en la carrera profesional ocasionados por el cuidado de hijos. Esta medida forma parte de las políticas públicas destinadas a reducir la brecha de género en el sistema de pensiones.
¿Qué es el complemento por brecha de género?
El complemento por brecha de género sustituye al anterior complemento por maternidad y se creó con el Real Decreto-ley 3/2021 para reconocer económicamente el impacto que tener hijos puede tener en las cotizaciones y, por ende, en la cuantía de la pensión.
Se paga mensualmente junto con la pensión principal (jubilación, incapacidad permanente o viudedad) y también incluye dos pagas extras, en junio y noviembre.
¿Quién puede solicitar el complemento por brecha de género?
Pueden solicitarlo tanto mujeres como hombres siempre que se cumplan estos requisitos principales:
Ser beneficiario de una pensión contributiva de:
Jubilación (ordinaria o anticipada voluntaria)
Incapacidad permanente
Viudedad
(La jubilación parcial no es compatible.)
La pensión debe haber sido reconocida a partir del 4 de febrero de 2021.
Haber tenido uno o más hijos inscritos en el Registro Civil.
Solo un progenitor puede recibirlo por cada hijo: si ambos solicitan el complemento, se concede al que tenga la pensión más baja (o, en algunos casos recientes, con igualdad de condiciones entre progenitores).
Gracias a recientes decisiones judiciales (incluyendo sentencias del Tribunal de Justicia de la UE y del Tribunal Supremo), ahora los hombres tienen acceso en igualdad de condiciones sin requisitos adicionales discriminatorios, equiparando realmente las condiciones entre ambos progenitores.
¿Cuánto dinero se recibe con el complemento por brecha de género?
La cuantía se actualiza según el IPC y los Presupuestos Generales del Estado. En 2025, el importe fue de 35,90 € al mes por cada hijo, con un máximo de cuatro.
Esto significa, por ejemplo:
1 hijo → +35,90 €/mes
2 hijos → +71,80 €/mes
3 hijos → +107,70 €/mes
4 hijos → +143,60 €/mes
Este complemento se abona aparte de la pensión principal y no computa para los límites de otros complementos.
Documentación habitual necesaria
Para solicitar este complemento normalmente se requiere:
Documento Nacional de Identidad (DNI/NIE).
Libro de familia o certificados de nacimiento de los hijos.
Justificante de la pensión contributiva que estás cobrando.
En casos específicos (por ejemplo, si no se incluyó inicialmente), tu vida laboral o pruebas del impacto de la crianza en la carrera profesional.
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Cómo solicitar el complemento por brecha de género
1. Junto a la solicitud de pensión
La forma más común de solicitarlo es al mismo tiempo que presentas la solicitud de tu pensión contributiva (jubilación, incapacidad o viudedad) en el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).
2. Presentación telemática
Si ya tienes la pensión y no se incluyó el complemento, puedes pedirlo directamente al INSS:
Online a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social con certificado digital, DNIe o Cl@ve.
Presencialmente en cualquier oficina del INSS.
En la página oficial de la Seguridad Social están disponibles los formularios oficiales para descargar y presentar la solicitud del complemento.
Plazos y reclamaciones
Si te deniegan el complemento, puedes presentar una reclamación previa ante el INSS en un plazo determinado (habitualmente 30 días tras la notificación de la denegación).
Si la reclamación se rechaza, puedes acudir a los Juzgados de lo Social con asesoramiento especializado.
Conclusión: por qué solicitar el complemento por brecha de género
Solicitar este complemento no solo puede incrementar tu pensión mensual de forma permanente, sino que también reconoce oficialmente el impacto económico de la maternidad o paternidad en la carrera profesional y contribuye a la igualdad en las pensiones. La normativa actual y la jurisprudencia reciente han reforzado la posibilidad de acceso para ambos progenitores.
